La Asociación de Fútbol Argentino recibió la respuesta y la hizo público a través de un extenso comunicado del cual tomamos un fragmento.
«En atención a lo considerado en los apartados cuarto y quinto, entendemos que las federaciones miembros de la FIFA -y en este caso la AFA- deben gozar de la autonomía suficiente para determinar de manera libre y democrática la naturaleza jurídica de los clubes que participen en sus competiciones nacionales». Por otro lado, sumaron: «La AFA, y solo la AFA, resulta, a la vista del marco jurídico de la FIFA, la única entidad competente para decidir, a través de sus órganos legítimos de gobierno asociativo, los aspectos relativos a la naturaleza jurídica de los clubes afiliados a la misma».
El Dr. Mariano Bambaci fue consultado en el Deportivo 1270 sobre los alcances de esta respuesta por parte del máximo organismo del fútbol mundial.
“AFA elevó una opinión consultiva a través del Director de Legales solicitando una devolución respecto al DNU que intenta modificar dos artículos de la Ley 20655 que se conoce como la Ley del Deporte que establece la imposibilidad para las asociaciones nacionales deportivas de no permitir participar a los afiliados en razón de la forma societaria que adquiere”.
“Recordemos que el Estatuto de AFA establece que los únicos que pueden ser miembros son asociaciones civiles. Por lo tanto lo que intenta este Decreto de Necesidad y Urgencia es modificar por esta vía estos dos artículos para que cualquier entidad que desee modificar su Estatuto tenga el derecho de seguir participando o volver a participar”.
“En razón de esto es que se eleva esta opinión consultiva tanto a FIFA como a la CONMEBOL y la devolución es que las dos entidades apoyan la postura de la AFA que es la única que tiene competencia intrínseca. Por lo tanto la modificación vía DNU y la Reglamentación de IGJ (Inspección General de Justicia) sería una injerencia en la propia Asociación del Fútbol Argentino y va en contra de lo que establecen los Estatutos de FIFA y CONMEBOL que habla que no puede haber injerencia estatal en la organización y el desarrollo en la política de las asociaciones nacionales”.
La AFA recurre a entes superiores que le dan su apoyo pero la discusión que plantea el Gobierno Nacional tiene otra connotación y tiene que ver con el incumplimiento de la Ley de Deportes.
“En este caso hay dos aspectos centrales y esto se ve en una de las primeras materias de Abogacía que es la Introducción al Derecho que refiere a la jerarquía de las normas, lo que es la famosa Pirámide de Kelsen (representa gráficamente la idea de sistema jurídico escalonado). El Reglamento de una entidad privada, en principio, estaría en la base y una Ley Nacional estaría por encima, por lo tanto tendría que estar ajustada a derecho”.
“Pero por otro lado tenemos un control de constitucionalidad difuso que significa que cualquier juez puede establecer o analizar en un caso concreto la constitucionalidad o no de una Norma puede dejar sin efecto esa situación y es lo que está sucediendo ahora. Hay una medida cautelar que establece que este DNU no debería aplicarse por lo menos hasta que no se resuelva el fondo de la cuestión”.
“Esto se refiere a la intención de modificar por Decreto de Necesidad y Urgencia la Ley del Deporte y en mi opinión no corresponde. Si el día de mañana, mediante debate parlamentario se determina la modificación de la esta Ley, que a mi criterio es necesario para estructurar y profesionalizar el deporte, sería otro cantar y no mediante el DNU”.
Los clubes necesitan financiación externa y la pregunta que aparece es si es necesario modificar los estatutos.
“Desde mi punto de vista tratar de modificar a las Asociaciones Civiles en SAD en Argentina es desconocer la idiosincrasia de los clubes. Es impracticable y no estoy a favor porque se pierde la esencia del deporte argentino. Ahora bien la posibilidad que haya inversiones privadas en el fútbol es algo que sucedió y sigue pasando. En su momento la AFA lo reglamentó a través de un Boletín del PE y se trata del famoso “gerenciamiento”. Se pusieron en funcionamiento pero muchas fracasaron pero no por la figura jurídica en sí, sino por la falta de control”.
“Todo esto es un debate que seguimos teniendo pero que ahora tomó un tinte político y acá el fondo de la cuestión es jurídica y no política. A la vez nada te va a determinar el fracaso o el éxito venga por una inversión o por un modelo societario x. Lo que tiene que pasar para que los clubes sean cada vez más eficientes y profesionales es tener una gestión probada, idónea y profesional. Par mí ese es el debate que hay que dar en algún momento”.
“Hoy por hoy la discusión es blanco o negro, es SAD o Asociación Civil, desde mi punto de vista no tiene sentido. Ahora saliendo de esta dualidad existe muchos otros modelos o grises en el medio. Creo que se puede ir acomodando con diferentes detalles a la situación de cada club y lo que decidan los socios que son los soberanos”.
“Volviendo al gerenciamiento habría que agregarle control y poner una caución a aquellos que vengan a invertir y que en caso de fracasar las deudas las tenga que asumir el club. Si hay control podría ser un modelo que funcione”.
(RP)
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